Comite De Seguridad Ocupacional Delegados De Prevencion y Programa De Gestion De Riesgo
Conformación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional
Es obligación de todo empleador la conformación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo y en este reglamento, siempre y cuando:
- a) El lugar de trabajo cuente con quince o más trabajadores; y,
- b) Aquellos lugares de trabajo con menos de quince trabajadores, pero que a juicio de la Dirección General de Previsión Social, se considere necesario.
ARTÍCULO 13 - LEY GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO
Tarifas de los servicios:
💼 $100.00 – Trámite para la acreditación del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional (CSSO).
📄 $100.00 – Solicitud de constancia de capacitación para integrar el CSSO.
¿Necesita ayuda? Comuníquese con nosotros:
📞 2529-3998
📞 2529-3999
Formas de Pago:
🏢 Oficina Central: Si la compañía desea realizar el pago en oficina central, deberá hacerlo con cheque certificado a favor de DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA, o puede hacerlo en efectivo en la Pagaduría Institucional. Debe indicar el tipo de comprobante fiscal.
💵 Pago en Efectivo: También puede realizar el pago en efectivo. Siga las indicaciones anteriores según corresponda a la oficina donde realice el trámite.
Por lo que es importante realizar los procedimientos que a continuación se detallan:
LISTA DE REVISIÓN (CHECKLIST)
- El empleador procede a la revisión de la documentación y requisitos, a través de una lista de revisión (CheckList); si cumple con lo solicitado en dicho formulario, procederá a presentar toda la documentación a la Sección de Prevención de Riesgos Ocupacionales, para que el Técnico Educador realice la revisión. De haber observaciones para corrección, se devolverá la documentación; caso contrario, se recepciona y posteriormente se le notificará la fecha de capacitación.
- La notificación de la fecha de capacitación se hace a través del correo electrónico que el empleador suscribió en la carta dirigida a la Dirección General de Previsión Social.
- La notificación contiene un link de la sala virtual de la plataforma en que se desarrollarán las 2 jornadas de 4 horas en las fechas y horas agendadas.
- Los miembros del comité deberán registrar su participación en la capacitación en las fechas agendadas, a través del formulario que se enviará en el chat de la sala virtual. Este registro hará constar la participación de los miembros del comité SSO de la empresa.
- Una vez verificado el registro y participación de los miembros del comité SSO en las 2 jornadas de capacitación, se procederá a la elaboración de las acreditaciones.
- Se notificará a través del correo electrónico y por la vía telefónica la emisión de la acreditación y que proceda al retiro de las mismas.
